El marco legal y la acción preventiva se consideran neutrales al género y a la edad (trabajador estándar), pero a lo largo de la historia se ha tomado como referencia implícita a los hombres (sanos y de edad media). A esto se le conoce como androcentrismo; es decir, los varones son la referencia y a las mujeres se les invisibiliza. Las circunstancias vinculadas genéticamente a las mujeres (desde la maternidad biológica hasta la menstruación o la menopausia) quedaron al margen de las normas de salud laboral, más allá de mínimos básicos en clave protectora de la maternidad.
Existe un prejuicio en relación a
que las mujeres trabajan en sectores menos peligrosos (ligeros y sin riesgos);
por ello, se les niega el origen laboral de las contingencias que sufren en sus
lugares de trabajo y se asumen como comunes. Esto representa un problema porque
si se minimizan los riesgos, estos no se evalúan ni se gestionan.
En tal sentido, comúnmente cuando
las mujeres ingresan a laborar en un sector feminizado (call center, docencia, enfermería,
ventas, etc.) se cree que no están expuestas a riesgos; por otra parte, cuando
trabajan en un sector masculinizado (minería, construcción civil, etc), el enfoque
de la prevención de los riesgos es androcéntrica.
Por tal motivo, es importante integrar
la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales. Esto implica, considerar
objetivos específicos para promover la igualdad en todos los ámbitos de la
organización: políticas, negociación colectiva, prevención, etc. Para ello, se
debe recoger datos desagregados en identificación y prevención de riesgos para
analizar si las causas de las diferencias son situaciones de género.
Al respecto, se debe tener en
cuenta que:
·
El trabajo de cuidados, remunerados o no, es
asumido principalmente por las mujeres. Estos tienen en común su poca
valoración social y baja remuneración.
·
Las mujeres dedican más horas al trabajo no
remunerado, y los hombres dedican más horas al trabajo remunerado. Si tienen hijos,
las mujeres dedican aún más horas al trabajo no remunerado y los hombres al
trabajo remunerado.
·
Las mujeres ocupan más puestos en sectores como:
sanidad, asilos, guarderías, docencia, sector de comercio, etc.
·
En cuanto a los riesgos con dimensión de género,
se encuentra que las mujeres se enferman más de lo que se accidentan. Ellas
sufren en su mayoría trastornos musculo esqueléticos. Casi no tienen accidentes
relacionados a seguridad. La doble jornada o la doble presencial afecta mayormente
a las mujeres debido al rol que asumen en el hogar.
·
En cuanto a los riesgos específicos de las
mujeres están el acoso sexual, discriminación, el riesgo durante el embarazo y
lactancia, son vulnerables a la exposición a sustancias químicas, etc.
Por tanto, los retos para integrar la perspectiva de género implican organizar la prevención en todos los puestos de trabajo considerando la evaluación de todos los riesgos de forma integral; así como, identificar a las mujeres en situaciones de especial vulnerabilidad y que se cuente con su participación para la prevención.
Asimismo, debemos tener en cuenta que no solo el género si no también la edad son factores diferenciadores que afectan a todos los trabajadores, por lo que se les debe integrar en la gestión preventiva y empresarial.
Al evaluar los riesgos debemos tener en cuenta un enfoque
etario porque las características similares que comparte una generación (competencias,
valores, estilos de pensamiento preponderantes, estados de salud, aprendizajes,
habilidades, estrategias de afrontamiento, experiencias vitales, necesidades,
fortalezas, etc.), también están asociadas a exposiciones a riesgos diferenciados.
Los trabajadores con los años van perdiendo su capacidad y
fuerza; por lo tanto, a través de la inclusión del enfoque etario en la
evaluación y gestión de los riesgos se intenta que los trabajadores al concluir
su relación laboral, durante la jubilación, tengan todavía una vida saludable
que les permita disfrutar dignamente sus años de descanso.
* Apuntes del Curso: Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo con perspectiva de género y edad, dictado por la Cooperación española y el #INSST.
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